Financiación proyectos culturales en municipios de menos de 20.000 habitantes de Castilla y León

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 17 de Septiembre 2024 hasta el 01 de Octubre de 2024.

¿Quién lo puede solicitar?

a) Las entidades locales de Castilla y León y los entes y organismos públicos con personalidad jurídica propia, dependientes de las entidades locales y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que tengan competencias culturales.

b) Las fundaciones, asociaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin social la organización, gestión, distribución de espectáculos, en cualquiera de las disciplinas de ámbito cultural, la investigación cultural o la consultoría cultural.

c) Las empresas privadas, los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en cualquiera de los epígrafes relacionados con el ámbito cultural y otras entidades con ánimo de lucro, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, cuya actividad económica sea la creación, organización, gestión, distribución de espectáculos en cualquiera de las disciplinas de ámbito cultural o la investigación cultural.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?

1. Convocar para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a financiar proyectos culturales en municipios del medio rural de menos de 20 000 habitantes de Castilla y León.

2. Estas subvenciones tendrán por finalidad contribuir a fortalecer y ampliar la oferta cultural de los municipios del medio rural de menos de 20 000 habitantes de Castilla y León, así como a la dinamización e innovación de los sectores y agentes culturales y creativos implantados en el medio rural, favoreciendo la creación de empleo y la puesta en valor del patrimonio, la historia, la cultura y los saberes tradicionales.

CUANTÍA:

Serán subvencionables aquellos proyectos culturales en municipios del medio rural de Castilla y León con una población inferior a 20 000 habitantes, cuyo coste total alcance un mínimo de 25 000 euros.

El importe de la subvención correspondiente a cada proyecto subvencionable será el total de la cantidad solicitada, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a los siguientes criterios: ninguna de las subvenciones que se conceda podrá ser inferior a 10 000 euros ni superior a 35 000 euros por proyecto subvencionado, ni superar el 80% del presupuesto total del proyecto.

El importe de la subvención, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.

Eduardo Presencio